Sentencia 27 de Noviembre

Hoy os traigo una nueva resolución: Auto 245/2023, de 27 de noviembre, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Teruel, que cubre las funciones mercantiles de la provincia.

Lo interesante de esta resolución es, además de la concesión de la exoneración del pasivo insatisfecho, la obligatoriedad de acudir a la vía incidental y no a unas meras alegaciones, para oponerse a la concesión del EPI.

Es también interesante traer a colación que es una resolución, cuyo procedimiento se inició con anterioridad a la publicación de la Ley 16/2022, es decir, con el antiguo Acuerdo Extrajudicial de Pagos.

Os remito a su lectura para el conocimiento de su contenido, en donde SSª ha explicado al detalle los pormenores doctrinales de la concesión de EPI.

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